Pasajeros deberán ser indemnizados por atrasos de vuelos
23 de octubre de 2012La corte europea, que confirma con este fallo uno anterior, pone como excepción que el retraso se deba a sucesos extraordinarios fuera del control de la aerolínea.
En opinión de los jueces, las compañías aéreas tienen que compensar a los pasajeros cuyo vuelo se demore tres horas o más, de la misma forma que a aquellos a los que se anula la conexión. Según las tarifas de la Unión Europea (UE), se trata de sumas de entre 250 y 600 euros.
Casos de huelga
A comienzos de octubre, el Tribunal Europeo había resuelto que los pasajeros de avión también tienen derecho a cobrar compensaciones cuando una aerolínea les cambie de vuelo por motivos empresariales, como una huelga.
Esta sentencia se refería, entre otros casos, a los cambios de vuelo que se produzcan como consecuencia de una huelga. También afecta a los pasajeros que sean reubicados en vuelos varias horas posteriores a pesar de haber llegado a tiempo a la puerta de embarque.
Fuente: dpa
Editora: Emilia Rojas